Desde el principio de su mandato, la Comisión Europea ha participado en diversos convenios de las Naciones Unidas enviando una delegación de representantes de la Comisión a las conferencias de Estados, entre ellas las siguientes: la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación, la Conferencia de las Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la Conferencia de las Partes sobre la Diversidad Biológica, el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco y la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres.
Entre estas convenciones se encuentra, entre otras, el compromiso con la teoría del cambio climático hasta el punto de que «la falta de certeza científica absoluta no debe utilizarse como razón» para aplazar las medidas destinadas a prever, prevenir o reducir al mínimo las causas del cambio climático y mitigar sus efectos (artículo 3.3 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 1992).
De acuerdo con la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación de 1994, nueve países de la UE se consideran afectados por la desertificación y, por tanto, con derecho a recibir ayuda: Croacia, Chipre, Grecia, Hungría, Italia, Malta, Portugal, Eslovenia y España. Sin embargo, en la actual Estrategia Nacional de Lucha contra la Desertificación de España no figura ningún fondo de dicha Convención.
La Conferencia de las Partes de 2000 en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, también llamada Convención de Palermo, persigue la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del que dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material (Anexo III, artículo 3). Y, sin embargo, muchas ONG financiadas por la Unión Europea llaman con su acción a la perpetración de este crimen organizado transnacional.
En cuanto a la Conferencia de las Partes sobre la Diversidad Biológica de 1992, exige la presentación de informes nacionales por parte de cada país. La de España, correspondiente al periodo hasta 2030, afirma que «el cambio climático ya está teniendo un impacto en la biodiversidad». Sin embargo, no cuantifica en absoluto dicho impacto; para más evidencia, afirma que «los escenarios predicen que el cambio climático tendrá efectos mayoritariamente negativos» y que «el cambio climático multiplica las amenazas a la biodiversidad cuando se combina con otros motores del cambio global».
En virtud del Convenio de Estocolmo de 2001 sobre contaminantes orgánicos persistentes, las Partes en el mismo se han reunido en Ginebra del 1 al 12 de mayo de 2023. Entre otros puntos, han acordado instar a quienes no hayan actualizado sus planes de aplicación a que redoblen sus esfuerzos para hacerlo y transmitan sus planes lo antes posible. El plan nacional de aplicación de España se presentó en 2007 y se sugirió que se haría una primera revisión cuatro años después, lo que no ha sido el caso.
El Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco de 2003 presentó recientemente su informe 2023. Entre los donantes y asistentes a la presentación oficial se encontraba Bloomberg Philanthropies, una organización benéfica que promueve el aborto y la contracepción en varios continentes, en coordinación con la Fundación Bill y Melinda Gates, así como Planned Parenthood.
Por último, la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres de 1973 sólo ha sido ratificada por 11 Estados miembros de la UE. Esto contrasta bastante con la atención prestada por la UE a la biodiversidad. España, que firmó el convenio en 1986, se encuentra entre los Estados miembros que no lo han ratificado.
El 27 de abril de 2023, el Vicepresidente del Partido ECR, Jorge Buxadé, preguntó oficialmente a la Comisión Europea cuál es su papel en esas conferencias. El Comisario Sinkevičius ha respondido que corresponde a la Comisión garantizar la representación exterior de la Unión Europea según el artículo 17.1 del Tratado de la UE. Sobre esta base, la Comisión representa regularmente a la Unión en las conferencias de las partes de los acuerdos internacionales de los que la Unión es parte.
Sin embargo, hay una excepción importante a la legitimidad de la Comisión para actuar: la Política Exterior y de Seguridad Común. Según el Título V del Tratado de la UE, la seguridad, el medio ambiente y la economía pertenecen a este tipo de políticas, en las que deben cooperar tanto el Consejo como la Comisión. Parece claro que todas las conferencias mencionadas se inscriben en los ámbitos de la seguridad, el medio ambiente y la economía (quizá con la única excepción del tabaco, que tiene un impacto sanitario además de su componente económico). Por lo tanto, la respuesta de la Comisión a la petición del Sr. Buxade parece bastante insatisfactoria.
El eurodiputado español ha pedido además explicaciones sobre el procedimiento de adopción de la posición de la Comisión en dichas conferencias. La respuesta en nombre de la Comisión aclara el procedimiento para adoptar una posición de la UE sobre actos con efectos jurídicos, es decir, mediante una decisión del Consejo con arreglo al artículo 218, apartado 9, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Según el funcionario de VOX, la Comisión no podría tener en cuenta las opiniones de todos los organismos y servicios pertinentes de la Comisión a través de un proceso de consulta interdepartamental para preparar su posición común. La Comisión asegura que todos sus servicios, así como el Servicio Europeo de Acción Exterior, son consultados a la hora de preparar la posición de la Unión, aunque en aras de la transparencia no se han facilitado más detalles.